Nuevas relaciones laborales: derecho a la información en la negociación colectiva

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Estos artículos que estamos desarrollando como sindicato, relacionados con el proceso relacionado con la negociación colectiva servirán para ir conociendo los alcances que tiene, considerando que nuestro actual instrumento colectivo finaliza el 31 de marzo de 2027.

¿Qué es el derecho a la información?

Es un derecho de naturaleza instrumental al desempeño rápido y eficaz de las funciones de representación del sindicato, el cual exige poner a disposición de los representantes de los trabajadores facilidades materiales e información necesaria para el cumplimiento de sus objetivos, siendo uno de los más importantes su rol en las negociaciones colectivas (Dictamen ORD. 5936/0096 de 13.12.2016).

Este derecho encuentra su fundamento en el principio de buena fe, lo que implica que las partes deben negociar cumpliendo con las obligaciones y plazos previstos, sin poner obstáculos que limiten las opciones de entendimiento entre ellas.

¿Qué tipos de derecho a información tienen los sindicatos?

Es posible clasificar este derecho en:

»» Derecho de Información periódica.

»» Derecho de Información específica para la negociación colectiva.

»» Derecho de Información por cargos o funciones de los trabajadores.

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